giovedì 29 gennaio 2026

Denegación de la autorización de trabajo: el trabajador extranjero no puede recurrir Una decisión italiana aclara quién tiene legitimación en los procedimientos de inmigración laboral

 

Denegación de la autorización de trabajo: el trabajador extranjero no puede recurrir

Una decisión italiana aclara quién tiene legitimación en los procedimientos de inmigración laboral

Una reciente decisión de la justicia administrativa italiana ha aportado una aclaración importante en uno de los ámbitos más controvertidos del derecho de la inmigración: quién está legitimado para impugnar la denegación de una autorización de trabajo cuando se trata de la entrada de un trabajador extranjero residente en el extranjero.

La cuestión se encuadra en el artículo 22 del Texto Único italiano de Inmigración, que regula la entrada de ciudadanos no comunitarios para trabajo por cuenta ajena. Se trata de un procedimiento complejo, estructurado en varias fases sucesivas, que comienza con la solicitud presentada por el empleador y solo concluye, en una fase posterior, con la expedición del visado de entrada y del permiso de residencia a favor del trabajador.

Según el tribunal administrativo, esta distinción entre las distintas fases del procedimiento resulta decisiva.

En las fases iniciales, relativas a la solicitud, confirmación o denegación de la autorización de trabajo, el interés jurídicamente protegido pertenece exclusivamente al empleador. Es el empleador quien inicia el procedimiento, se relaciona con la Ventanilla Única de Inmigración y asume las obligaciones y plazos previstos por la normativa.

En este momento, el trabajador extranjero no dispone todavía de una posición jurídica protegida. El tribunal es claro al respecto: el trabajador solo tiene un interés de hecho en el resultado favorable del procedimiento, insuficiente para fundamentar una acción judicial. En consecuencia, en caso de denegación o revocación de la autorización de trabajo, el trabajador extranjero no puede interponer recurso. La legitimación para recurrir corresponde únicamente al empleador que presentó la solicitud.

Este enfoque jurisprudencial se analiza de forma detallada en una publicación disponible en Calaméo, accesible en el siguiente enlace:
https://www.calameo.com/books/0080797759dd32066810c
(enlace directo: https://www.calameo.com/books/0080797759dd32066810c)

La publicación pone de relieve las consecuencias prácticas de esta interpretación, especialmente en relación con estrategias contenciosas que aún son frecuentes en la práctica. Los recursos presentados exclusivamente por trabajadores extranjeros, sin la participación directa del empleador, están destinados a ser declarados inadmisibles, con evidentes repercusiones en términos de tiempo, costes y efectividad de la tutela jurídica.

Solo en las fases posteriores del procedimiento, relativas a la expedición del visado de entrada y del permiso de residencia, surgen derechos directamente atribuibles al trabajador y susceptibles de protección judicial autónoma. Antes de ese momento, el ordenamiento jurídico italiano prioriza el interés público en el control de los flujos migratorios y el interés privado del empleador.

Esta decisión se inscribe en una interpretación clásica y estructurada del derecho de la inmigración, que subraya la necesidad de distinguir con claridad los roles y las responsabilidades en los procedimientos de inmigración laboral. Al mismo tiempo, envía un mensaje claro a operadores jurídicos y a los propios interesados: en este ámbito, saber quién puede acudir a los tribunales es tan importante como saber qué acto puede ser impugnado.

La publicación en Calaméo constituye, por tanto, una herramienta útil para comprender los límites actuales de la protección judicial en materia de inmigración laboral en Italia.

Avv. Fabio Loscerbo

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