Quien ha presentado una solicitud de ciudadanía italiana por residencia o por matrimonio ya no debe pensar únicamente en la carta de la Prefectura. La fase final del procedimiento está hoy estrechamente ligada a la plataforma digital SEND, y no controlar correctamente las notificaciones puede tener consecuencias muy concretas: desde retrasar el juramento hasta perder tiempo valioso para reaccionar frente a una decisión negativa.
En 2026, la gestión digital de las comunicaciones en materia de ciudadanía forma parte estable del procedimiento administrativo. Por ello, para quien tiene una solicitud pendiente, conocer cómo funciona la notificación es tan importante como seguir el estado de la práctica en el portal del Ministerio del Interior.
Qué es SEND y qué decisiones se notifican
SEND es la plataforma de notificaciones digitales utilizada por la Administración Pública para transmitir actos con valor legal. En materia de ciudadanía, se utiliza para la notificación de los decretos que definen las solicitudes presentadas conforme a los artículos 5 y 9 de la Ley n. 91/1992, es decir, principalmente las solicitudes por matrimonio o unión civil con ciudadano italiano y las solicitudes por residencia.
La notificación puede referirse a un decreto favorable, pero también a una decisión de rechazo o de inadmisibilidad. No se trata, por tanto, de una simple comunicación informativa: la fecha y la modalidad de perfeccionamiento de la notificación pueden producir efectos jurídicos relevantes.
Cómo llega la notificación
La plataforma verifica en primer lugar si existe un domicilio digital utilizable. La notificación puede llegar a una dirección PEC registrada en SEND, a una PEC indicada por el interesado o por su representante para recibir las comunicaciones del procedimiento, o a una dirección presente en los registros públicos de domicilios digitales.
Si no existe un domicilio digital, SEND puede gestionar la notificación también en forma analógica, mediante el envío de la correspondiente comunicación al domicilio de residencia. Por esta razón, mantener correctamente actualizado el domicilio y controlar la correspondencia sigue siendo esencial incluso para quien no utiliza habitualmente una PEC.
Un aspecto práctico especialmente importante riguarda a quienes han presentado la solicitud con la ayuda de un CAF, de un patronato o de un abogado. Si en la práctica se ha indicado como domicilio digitale la PEC de ese intermediario, la comunicación puede ser enviada precisamente a esa dirección. Conviene, por tanto, saber con exactitud qué dirección fue indicada en la solicitud y mantener un contacto efectivo con quien recibe las notificaciones.
Qué hacer cuando llega un decreto favorable
Cuando se recibe un decreto de concesión de la ciudadanía, no basta con leer el aviso. Es necesario descargar y conservar tanto el decreto como el Avviso di Avvenuta Ricezione (AAR), es decir, el documento que certifica la notificación. Estos documentos son normalmente necesarios para los trámites posteriores ante el Comune de residencia.
El punto más delicado es el juramento. El artículo 10 de la Ley n. 91/1992 establece que el decreto de concesión no produce efectos si el interesado no presta juramento dentro de los seis meses siguientes a la notificación. Por ello, una vez recibido el decreto favorable, es aconsejable contactar inmediatamente con la oficina de estado civil del Comune de residencia y verificar la modalidad de reserva del juramento.
No conviene esperar a que el Comune contacte espontáneamente al interesado. La responsabilidad práctica de activar la fase del juramento recae, en gran medida, sobre quien ha recibido el decreto.
Qué hacer en caso de rechazo o inadmisibilidad
También las decisiones negativas pueden ser notificadas mediante SEND. En estos casos, la comunicación debe ser examinada sin demora, porque la notificación puede hacer correr los plazos previstos para las eventuales acciones judiciales.
La primera verificación debe riguardare la motivación del decreto, la fecha exacta de perfeccionamiento de la notificación, el tipo de solicitud presentada y la autoridad competente. No todos los procedimientos de ciudadanía presentan los mismos perfiles jurídicos y no todos los actos negativos siguen necesariamente el mismo itinerario de impugnación. Por ello, ante un rechazo o una inadmisibilidad, es prudente obtener una valoración jurídica inmediata y no limitarse a esperar nuevas comunicaciones administrativas.
Cómo evitar problemas prácticos
Quien tiene una solicitud de ciudadanía pendiente debería controlar periódicamente el portal de los servicios del Ministerio del Interior, verificar la PEC indicada en la práctica, mantener actualizada la residencia y prestar atención a las comunicaciones procedentes de SEND. También puede ser útil activar los avisos de cortesía disponibles a través de la app IO para las notificaciones digitales.
La digitalización ha reducido algunos pasos materiales, pero ha aumentado la importancia de una correcta gestión de las comunicaciones. Una notificación digital no debe ser considerada menos importante que una antigua carta de la Prefectura: jurídicamente puede ser exactamente lo contrario, porque desde ese momento pueden comenzar a correr plazos decisivos.
Para los extranjeros que esperan desde hace años la conclusión del procedimiento de ciudadanía, la fase final merece, por tanto, la misma atención que la presentación inicial de la solicitud. Recibir el decreto es un momento determinante, pero actuar correctamente después de la notificación es lo que permite transformar una decisión favorable en la adquisición efectiva de la ciudadanía italiana o, en caso de decisión negativa, preservar las posibilidades de tutela.
Avv. Fabio Loscerbo
Avvocato Cassazionista
Iscritto nel Registro dei rappresentanti di interessi della Camera dei deputati in materia di Immigrazione
Lobbista registrato presso il Registro per la Trasparenza dell’Unione europea n. 280782895721-36 in materia di Migrazione e Asilo
ORCID: 0009-0004-7030-0428
Articolo redatto con l’ausilio di strumenti di AI, sotto la direzione, revisione e responsabilità editoriale dell’autore.
Nessun commento:
Posta un commento